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viernes, 9 de septiembre de 2016

Ayuntamientos, transparencia, participación ciudadana y Control Social

¿Te imaginas un mundo mejor, más transparente, participativo y que la sociedad tenga el control? 

Eso parece un sueño imposible, pero se puede lograr, y para lograrlo hay que impulsar un cambio, y para que las cosas cambien, primero debemos cambiar nosotros mismos, y es que, ningún gobernante ha renunciado a sus condiciones de vida garantizada para vivir en las mismas condiciones que vive su pueblo, son escasos los casos donde el gobernante sacrifica su poder y/o sus mieles, para que los ciudadanos vivan mejor. Por tal razón, toma más y más fuerza la idea de que para que haya un cambio primero debemos cambiar nosotros mismos.

Es más cómodo para el ciudadano, gritar, quejarse y dejar pasar, son pocos los que investigan, conocen y actuan, porque lamentablemente es más fácil lo primero que lo otro.

Esa dejadez del ciudadano es lo que ha permitido que los corruptos prosperen y progresen y los ciudadanos sean cada vez más pobres.

En este artículo de hoy te explicaré, como amparado por las leyes podrás participar en las tomas de decisiones estatales, municipales y de organizaciones sin fines de lucro (ONG). Y para hacerlo más fácil, te daremos a conocer tres figuras de participación y varias leyes que obligan a los administradores públicos a actuar de manera eficiente, transparente, efectiva y económica.

Esa es la razón fundamental por la cual he decidido dedicar unas cuantas publicaciones en mi blog, que es más de ustedes que mio, para abordar temas que ayuden a lograr el buen uso y una eficiente y tranparente administración de los recursos públicos. 

Conocerán el marco jurídico que sirve de  plataforma para que los ciudadano puedan defender y proteger las inversiones públicas. Un conjunto de leyes que entrega al ciudadano un poder especial, capaz de cambiar el rumbo de despilfarro que vive la República Dominicana.

De ese conjunto de leyes y figuras constitucionales vamos a destacar las más importantes, y son:

1)Ley No. 340-06 de compras y contrataciones.
2)Ley No. 41-08 de administración pública
3) Ley No. 200-04  ley general de libre acceso a la información pública.
 4) Ley No.176-07 de los municipios, distrios municipales y el Distrito Nacional.
5) Ley No. 10-04 de la Cámara de Cuentas.

La ley No. 10-40 de la Cámara de Cuentas establece una figura nueva, esta figura permite que el ciudadano pueda actuar para obligar a cualquier institución a manejar correctamente los recursos del pueblo,  en el numeral 4, Art.07 hace una definición de una herramienta que ha puesto el legislador en manos del ciudadano, para que este pueda tomar decisiones que obliguen al incumbente a hacer las cosas correctamente, y en caso de no hacerlo, entonces le permite solicitar la intervención de la Cámara de Cuentas para evitar corrupción y despilfarro, y en caso de que se descubra corrupción, entonces la Cámara de Cuentas toma las medidas pertinentes para que se emprenda la acción de la justicia. Esa poderosa figura se llama Control Social.

La ley 10-04 lo define así: "Art. 07. Control Social: La sociedad dominicana a través de sus entes auténticamente conformados y con representación legitima, tienen el derecho y la obligación de contribuir con los organismos de control externo e interno y con los especializados en la prevención de la corrupción,  para que los recursos públicos sean utilizados dentro del marco de la ley, con transparencia,  eficacia y economía. Para tal efecto, los organismos públicos deberán facilitarle la información pertinente y la asesoría y mecanismos de coordinación, dentro del marco de su competencia."

Agrega en uno de sus párrafos:  "Párrafo: A los fines indicados en el acápite anterior, las organizaciones de la sociedad civil tendrán acceso a la Cámara de Cuentas para canalizar sus observaciones y sugerencias."

Para entender mejor la magnitud y el poder que entrega el Control Social al ciudadano, recomiendo también leer los artículos:  Art. 52, 62, 63, 64, 65, y sus respectivos párrafos, del reglamentario 06-04 de la ley No. 10-04.
Es importante acotar que, los objetivos del Control Social son:

1) Uso racional de los recursos públicos
2) obtener servicios útiles y suficiente para todos.
3) Formar proyectos acordes a las necesidades.
4) formar y promover la participación comunitaria para facilitar la gobernabilidad.
5) hacer una gestión transparente y comprensible para todos los ciudadanos.

Ahora te presento una de las leyes que más aporte hace a la transparencia, es la ley No. 200-04 o ley de libre acceso a la información pública. Esta ley entrega a los ciudadanos el poder de solicitar información a los funcionarios públicos, establece plazos y sanciones, lo que ayuda a que el ciudadano esté bien informado y por ende, pueda exigir que se haga un uso racional, transparente, equilibrado y eficiente de los fondos públicos, y en caso de no ser escuchado, puede y debe solicitar ante los tribunales un recurso de amparo. Esa que es una figura constitucional que cada día es más utilizada en la República Dominicana y que está rindiendo grandes frutos. Trayendo como consecuencia una sociedad más transparente que maneja de forma eficiente sus recursos...

Otra importantísima ley es la ley41-08, que es la ley que organiza y regula la administración pública. (Es importante leerla)

Y por último, le daré algunos tic de la ley No. 176-07 que pueden ser muy útiles para ciudadanos acuciosos, esos que desean que la excelencia administrativa, en cuanto a transparencia se refiere, sea quien le de uso a los fondos públicos.

En el Modelo de Reglamento que hizo USAID, CONARE y FEDOMUS, para presentarlo a los alcaldes de los municipios, para que estos lo sometan ante el concejo de regidores y lo utilicen como modelos para dar participación a los ciudadanos, en la presentación dice: "la ley 176-07 del Distrito Nacional y los municipios es, sin duda alguna, junto a la ley 200-04 de libre acceso a la información pública, uno de los grandes hitos (inicios) de la historia democrática de la República Dominicana."

La ley 176-07 coloca al ciudadano en el centro de la gestión del Estado,  tanto como soporte como también como destinatario de la misma, tiene como uno de sus  principios la participación ciudadana en la gestión pública, y para facilitar que este principio se cumpla introduce varios órganos como son: el Consejo Económico y Social Municipal, los Comités de Seguimiento municipal y los consejos Comunitarios (artículo 231 de la ley 176-07)

La ley 176-07 en su artículo 230 crea las vías de participación que son: el derecho a la petición, el referéndum municipal, el plebiscito municipal,el cabildo abierto y el presupuesto participativo municipal. Además la ley deja instituida la iniciativa normativa de participación ciudadana  (art. 115 de la ley 176-07)

La ley ordena la creación del registro municipal de las organizaciones sin fines de lucro (art. 228), y para fomentar y apoyar las actividades de esas organizaciones instituye el Fondo Concursable de Asociaciones sin Fines de Lucro (art. 227)

El artículo 262 de la ley 176-07 establece que los ayuntamientos reglamenten los procedimientos y mecanismos requeridos para permitir la auditoría social realizada por la comunidad y sus organizaciones.

Luego de ver el marco jurídico que permite la participación ciudadana en la supervisión, fiscalización y el manejo de los fondos públicos, podremos entender que los culpables de que en nuestro país la corrupción prospere, somos nosotros mismos. Así es que, para cambiar el país, primero debemos cambiar nosotros mismos...

sábado, 3 de septiembre de 2016

¿Qué es un Ayuntamiento?

Las redes sociales (Facebook, tuiter, instagram, snapchat, entre otras)  se han convertido en termómetro sociales, esto nos permite medir con rapidez qué piensa la población respecto a un tema. Luego de ver las opiniones que se hace la población respecto a los ayuntamientos y sus funciones, he visto con mucha preocupación que los ciudadanos, y hasta las autoridades municipales  (en algunos casos), desconocen lo que es un ayuntamiento y cómo debe funcionar. Eso me ha motivado a escribir este nuevo artículo, el cuál busca aportar conocimientos a los ciudadanos y las autoridades, espero lo disfruten y lo compartan.

¿Qué es un ayuntamiento?

Hay quienes piensan, que un ayuntamiento es un pedazo de pastel del cual vamos a picar y a entregar pedazos  a los allegados para que toquen algo de lo que "políticamente se han ganado". !Y no es así, ni debe serlo!

En primer plano, el ayuntamiento es una corporación o grupo de personas integrado por un alcalde, los regidores o concejales, los funcionarios administrativos, los ciudadanos y el territorio.

Los ayuntamientos tienen un marco legal que los rige y regula sus funciones, es la ley No. 176-07.

Los ayuntamientos tienen la obligación de rendir cuentas todos los meses ante la Dirección General de Impuestos Internos, cada tres meses ante la Cámara de Cuentas y todos los años ante la población, y nuevamente, todos los años, ante la Cámara de Cuentas y la DGII.

Además, el alcalde y los regidores, tienen la obligación de programar todos los gastos del año próximo mediante la elaboración de un presupuesto, este presupuesto, por mandato de la ley, debe hacerse con la nueva modalidad de Presupuesto Participativo.

También se le recomienda elaborar un plan de desarrollo (plan de desarrollo municipal), que contemple y prevea las intríngulis que podrían afectarle en el futuro, esto evita que las autoridades, fruto de la improvisación, estén en un choque continúo con los regidores o con el pueblo, fruto de no haber sido satisfechas las demandas de los ciudadanos.

¿Qué es un Presupuesto Participativo?

Es una modalidad de participación ciudadana donde a la ciudadanía se le da la oportunidad de participar en la elección del manejo de la cuenta de inversiones del ayuntamiento (lo establece la ley No.176-07) correspondiente a participar en la elaboración de la inversión del 40% que ordena la ley para utilizar en la inversión municipal.

La ley que rige los ayuntamientos entrega responsabilidades y consecuencias a cada actor del sistema:

A) El  Alcalde, está al frente de la administración política de una ciudad o municipio, es el ejecutor y administrador del ayuntamiento. Como ejecutivo y administrador, es el responsable legal de los recursos que asigna el poder Ejecutivo en la ley de Presupesto Nacional y  los que recauda fruto de la administración local. Tiene la obligación de elaborar el presupuesto, somete los funcionarios para que el concejo de regidores apruebe su designación, vela por que se cumplan las normas y las leyes.

La ley No. 176-07 le ordena invertir los recursos que recibe de la siguiente manera (40% en inversiones, 31% en servicios, 25% en nómina y 4% en género, salud y educación), todas las inversiones que hace el alcalde deben ser sometida y luego aprobada por le concejo de regidores, cuando no se hace así, se está incurriendo en una violación de la ley lo que podría traer consecuencias *penales y civiles para el Alcalde y el tesorero*.

B) Los regidores o concejales están para crear las normativas que permitan un buen funcionamiento del ayuntamiento, además deben fiscalizar y servir de contrapeso ante las apetencias del alcalde, representan a los ciudadanos y son una especie de legislador municipal.

C) Los funcionarios, tienen la tarea de impulsar que las decisiones administrativas y legislativas se cumplan, son elegidos por el concejo de regidores luego de haber sido recomendado ante la sala por el Alcalde, son responsables de las tareas que le asigna su cargo.

D) El ciudadano, elige sus autoridades, es el responsable de ejercer el Control Social en el ayuntamiento. (Control Social es una figura constitucional, y gana mucha importancia luego de aprobada la ley No. 40-06)

En nuestro país debemos cambiar la forma de pensar, no podemos seguir creyendo que el ayuntamiento es un cajón con oficinas para analizar como recoger la basura y como malgastar los recursos, por tal razón, debemos impulsar una nueva forma de ayuntamiento, que piense en hacer y gestionar los cambios que necesitan nuestros pueblos. Y para ello necesitamos crear ayuntamientos que sean, modernos, ágil, representativos, transparentes y eficientes, ayuntamientos que piensen, que impulsen políticas que atraigan inversión local y extranjeras, que industrialicen los productos del campo, que entiendan que cada municipio es una marca y que por tal razón, se puede hacer una campaña publicitaria promoviendo las virtudes de nuestro municipio, también los nuevos ayuntamientos deben entender que la basura es una fuente de energía que genera dinero...  entre otras y muchas ideas más